El representante legal de Usuarios y Consumidores, Horacio Bersten, explicó que se trata de un fallo por un dinero mal cobrado en el primer semestre de 2001. Lo recibirán los usuarios que, en ese entonces, eran clientes de CTI y, hoy, lo son de Claro!. Asimismo, denunció: “Si desde una asociación de consumidores no se hacía nada, nunca se iba a devolver el dinero”
Esta semana se conoció un fallo que condena a la empresa propiedad del mexicano Carlos Slim a devolver a lo usuarios un dinero mal cobrado, ¿de qué se trata esto?
Entre febrero y junio de 2001, las empresas de telefonía celular cobraron a los usuarios una tasa de control para el organismo regulador y una tasa de servicio universal que no se podía cobrar. La tasa universal debía abonarla la empresa y, no sólo la traspasó a los usuarios sino que, además, nunca la integró al fondo fiduciario.
¿Y este fallo condena sólo a Claro!?
Sí, se da recién ahora porque los procesos judiciales, en Argentina, son muy lentos. El fallo ordena devolver el capital pero también hay una multa y una tasa de interés que, ambas, cuadriplican, más o menos, el valor original. Esto ya había sucedido con Movistar, que ya devolvió el dinero a los clientes activos, y, ahora, recae sobre Claro!, en nombre de CTI Móvil.
¿Qué va a pasar ahora, entonces, cómo se va a instrumentar la devolución?
En 90 días, la empresa deberá reintegrar el dinero en la propia cuenta de los usuarios activos. Para los usuarios no activos, todavía se está discutiendo porque no se sabe bien cómo se va a hacer.
¿Se puede estimar de cuánto dinero estamos hablando, en promedio?
Es difícil porque se trata de porcentajes que se cobraron respecto del nivel de consumo, entonces depende de eso: la tasa universal era el 1% y la del ente regulador, el 0,5%; ambas, entre febrero y junio de 2001. Pero puede ser entre $10 y $60 pesos de capital que, con intereses, se iría a entre $50 y $300 en total.
¿Cómo se llegó a este fallo?
A partir de acciones judiciales impulsadas por la asociación de consumidores, la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) no hizo nada y si nosotros no denunciábamos, nunca se iba a devolver.
Por último, Bersten, ¿cómo está el tema de la portabilidad numérica?
Tiene que expedirse
¿La portabilidad es para ser aplicada a telefonía fija, móvil o a ambas?
5 comentarios:
Bien,al fin una buena para nosotros los usuarios.,¿saben algo del famoso impuesto a los usuarios de las telcos para financiar a los deportes olimpicos?
SALUDOS
Julio, según nos confirmaron de distintas fuentes, no se está aplicando porque, por el momento, está esperando la reglamentación.
Te confirmamos que ni legisladores ni empresas han seguido el tema y nadie sabe cuánto tiempo llevará la reglamentaicón de la ley.
Hasta la vista,y muchisimas gracias por las molestias!!!
HASTA LUEGO.
escuche el final de tu coentario sobre el cable de Edesur,que no repara, tenes mas data del tema y si bien escuche que tiene una ulta del ente regulador se paga cash o pasa por los debitos a la factura de usuarios.
Luis Cafferata
16581915 dni
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Gracias!!!
Luis, contestamos tu consulta vía e-mail. Saludos, Cecilia.
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